El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha estimado la demanda presentada por UPN por vulnerar el derecho fundamental a la participación política de uno de sus parlamentarios y negarle una información a la que, tal y como entiende la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJN, tiene derecho. El Tribunal considera que la actuación administrativa recurrida es nula de pleno derecho y condena al Gobierno en costas.
UPN registró en el mes de febrero diversas peticiones de información al Gobierno de Navarra en relación con varios PERTES que se están gestionando por el Gobierno de España con fondos europeos Next Generation y que incluyen proyectos en Navarra. En concreto, se solicitaba el desglose detallado de las actuaciones financiadas en Navarra en el PERTE Chip, PERTE de descarbonización industrial, PERTE de microelectrónica y semiconductores, PERTE aeroespacial, PERTE economía circular, PERTE agroalimentario, PERTE energías renovables, hidrógeno renovable y almacenamiento y PERTE para el desarrollo del vehículo eléctrico y conectado. Asimismo, se solicitaba al Gobierno de Navarra el destinario de las ayudas, objetivo, cuantía, plazo de finalización para cada una de las actuaciones y estado de ejecución a fechas de 31 de diciembre de 2024.
El Gobierno de Chivite justificó su negativa a proporcionar la información en que “los PERTE (Proyecto estratégico para la recuperación y transformación económica) son un instrumento de colaboración público privada en los que intervienen distintas administraciones públicas, empresa y centros de investigación pero que resultan ser planes ideados, gestionados y administrados y aprobados por el Consejo de Ministros, no correspondiendo por lo tanto a la Administración de la Comunidad foral de Navarra el reconocimiento de un proyecto determinado como PERTE, ni la regulación del mismo, ni su gestión”.
Sin embargo, el TSJN da la razón a UPN al considerar que, pese a que la gestión de dichos proyectos son competencia del Gobierno de España, dado que el Gobierno de Navarra los conoce, debió proporcionarlos y que “la negativa conculcó el derecho fundamental del parlamentario contenido en el art.23.2 C.E. en tanto la función de control al ejecutivo foral figura en el núcleo de la función representativa parlamentaria, que se hace efectiva mediante la solicitud de información, habiéndose lesionado el “ius in officium”, pues se ha producido una restricción ilegítima de los derechos y facultados del recurrente en el ejercicio de su función parlamentaria”.
“Queremos mostrar nuestra satisfacción porque, una vez más, el Gobierno de Navarra ha vuelto a quedar en evidencia. Las proclamas de Chivite de presidir un gobierno transparente chocan con la realidad”, han afirmado. “En su línea habitual, el Gobierno de Navarra nos ha mareado, ha pedido prórrogas y no ha querido atender ni nuestros requerimientos ni los de la Mesa del Parlamento, que también nos dio la razón, por lo que hemos tenido que ir a los Tribunales para que se reconozcan nuestros derechos”, han añadido. “Ahora, todos los navarros y las navarras tendrán que hacerse cargo de las costas por la opacidad del Gobierno foral, algo que lamentamos”, han concluido.




