El Juzgado de Tudela que ha investigado al alcalde de Corella, Gorka García (Alternativa Corellana Independiente -ACI-), ha concluido que podría haber incurrido en delitos de prevaricación y malversación, entre otros posibles, y ha emitido un auto en el que da por finalizadas las diligencias previas.
Así, la jueza instructora da un plazo de diez días para que el Ministerio Fiscal y UPN, que presentó la querella contra Gorka García, soliciten la apertura del juicio oral.
En el auto, se señala que “del informe elaborado por el presidente de la Cámara de Comptos de Navarra se desprende de forma evidente y clara que las actividades correspondientes al ejercicio 2022 en materia de personal, contratación pública y subvenciones del Ayuntamiento de Corella y de su organismo autónomo dependiente, la residencia Hogar San José, no resultan conformes con la normativa aplicable a la gestión de los fondos públicos”.
De dicho informe, el auto recoge a modo de ejemplo de hechos indiciarios “que el ayuntamiento de Corella no ha llevado a cabo ningún procedimiento de selección basado en los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad en 18 de las 51 contrataciones temporales de personal del ayuntamiento”. Asimismo, se indica “que el ayuntamiento organizó el CMF y realizó las contrataciones correspondientes sin tramitar un procedimiento administrativo y eludiendo los mecanismos de control interno, contrariamente a la normativa”.
La jueza también basa su resolución en el informe llevado a cabo por los componentes del EDITE de Navarra de la Unidad Orgánica de la Guardia Civil, del que señala que “se ha concluido en similares términos que el informe anteriormente aludido”.
A juicio de este segundo informe, “la residencia Hogar San José es un caso inaudito e inexplicable que se ha saltado total y deliberadamente la Ley Foral de Contratos Públicos”.
Por tanto, el auto concluye que de todo lo anterior se desprende de forma indiciaria que el alcalde de Corella podría haber vulnerado la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra; la Ley Foral 2/1995, de l0 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra; la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos; y el Decreto Foral Legislativo 251/1993 de 30 de agosto por el que se aprueba el Texto refundido del Estatuto de Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, así como sus disposiciones de desarrollo.




