Qué Renta Garantizada Proponemos

NUESTRA POSICIÓN

La Renta Garantizada que concede el Gobierno de Navarra a personas en situación de pobreza y vulnerabilidad ha demostrado ser un fracaso porque solo una pequeña parte de los perceptores consigue acceder a un empleo.

Además, como expuso la Cámara de Comptos, se ha producido una falta de control absoluto en el cumplimiento de las condiciones de la prestación y en el uso de dinero público.

UPN ha mostrado siempre su solidaridad con las personas más vulnerables que necesitan ayuda porque atraviesan un mal momento y con el derecho a su inclusión mediante el acompañamiento para la formación, empleabilidad e integración social. Pero no podemos amparar a quienes abusan de esa solidaridad.

Por ello, ha propuesto cambiar la actual ley que regula este subsidio para que se cumplan verdaderamente sus objetivos y las personas dejen de percibirla porque han encontrado un empleo. Derechos sí, pero con obligaciones claras. Y, sobre todo, mayor control para evitar fraudes.

preguntas y respuestas

¿Qué nuevos requisitos se exigirían para poder cobrar la renta?
  1. Residir en España en situación regular.
  2. Carecer en el momento de la solicitud de la prestación de antecedentes penales en virtud de sentencia firme por la comisión de delitos menos graves o graves de homicidio y sus formas, de lesiones, contra la libertad sexual, de robos con fuerza o intimidación, contra la salud pública y/o delitos de atentado a la autoridad, sus agentes, resistencia y desobediencia grave.
  3. Aumentar de dos a tres los años requeridos de residencia de antelación en Navarra a la solicitud.

 

  1.  No se podrá rechazar ninguna oferta de empleo salvo que concurran las siguientes causas:

 

    • No encontrarse en situación de incorporarse al mercado laboral ni a un empleo protegido por estar en edad escolar
    • Tener más de 66 años
    • Incapacidades: Estar en situación de incapacidad temporal, incapacidad permanente total, incapacidad absoluta o gran invalidez
    • Mantener actualizados los antecedentes penales con una periodicidad anual para ser puestos a disposición del servicio de inspección.
    • Mantener escolarizados a los menores a cargo del perceptor de la prestación que estén en edad de escolarización obligatoria.
    • Conocer el español o demostrar su asistencia a formación en el idioma español proporcionada por las administraciones públicas durante todo el tiempo en que se esté percibiendo la prestación.

 

Desde que se comience a percibir la prestación, la persona interesada estará obligada a recibir acompañamiento profesional y participar en un programa personalizado para su proceso de inclusión social y laboral.

Cada persona tendrá designado un profesional de referencia. El número de profesionales necesario en cada Servicio Social de Base y el número de personas dependientes del Servicio Navarro de Empleo se establecerá reglamentariamente.

Se limita a 3 años.

No. La cuantía de la renta garantizada establecida será del 100% de lo establecido el primer año, del 70% el segundo año y del 50% el tercer año, salvo motivos excepcionales y justificados donde se mantendrá el 100%:

  1. Que la familia receptora sea monoparental, esté a cargo de la mujer, y ésta haya sufrido violencia de género.
  2. La existencia de personas mayores en la unidad familiar, o menores de 18 años, cuando el total de los ingresos del núcleo familiar no supere 1,5 el IPREM.
  3. En el caso de que, por edad, por enfermedad, discapacidad o dependencia el perceptor de la prestación no pueda desempeñar un trabajo por estar incapacitado para ello, extremos que deberán ser justificados y controlados por el servicio de inspección.

 

Se creará por el Gobierno de Navarra un servicio de inspección permanente y especializado para garantizar el cumplimiento íntegro de los requisitos exigidos, al que se dotará de medios materiales y suficientes para evitar cualquier tipo de fraude en las percepciones.

El servicio de inspección realizará, con periodicidad anual, una auditoría de las prestaciones de Renta Garantizada ya concedidas y vigentes, con el objeto de verificar el mantenimiento del cumplimiento de los requisitos, condiciones y obligaciones exigidos.

Se añaden las siguientes:

  • Por ser condenado el perceptor en virtud de sentencia firme por la comisión de delitos menos graves o graves de homicidio y sus formas, de lesiones, contra la libertad sexual, de robos con fuerza o intimidación, contra la salud pública y/o delitos de atentado a la autoridad, sus agentes, resistencia y desobediencia grave.
  • Por rechazar una oferta de trabajo que pueda desempeñar salvo las excepciones establecidas.

 

El Gobierno de Navarra realizará las modificaciones legales y reglamentarias necesarias para establecer límites máximos al conjunto de ayudas públicas que puedan percibir las personas o unidades familiares en situación de vulnerabilidad.

La fijación de dichos límites tendrá como finalidad ordenar el sistema de protección social y garantizar una adecuada proporcionalidad en el acceso a los recursos públicos, sin que ello impida que las personas beneficiarias de la renta garantizada puedan solicitar y percibir otras ayudas compatibles, siempre que la suma total de las mismas no supere los topes máximos que reglamentariamente se establezcan.

Quedarán exceptuadas, en los términos que se determinen reglamentariamente, aquellas ayudas destinadas a la cobertura de necesidades específicas de carácter sanitario o farmacéutico.