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El TAN anula siete plazas de euskera de la plantilla orgánica municipal, tras un recurso de UPN

El grupo regionalista señala que ha quedado demostrado que la propuesta era desproporcionada y no se ajusta a la implantación sociolingüística del vascuence en la localidad

El Tribunal Administrativo de Navarra (TAN) ha anulado siete plazas que exigían el conocimiento de euskera en la plantilla orgánica diseñada por el equipo de gobierno de Zizur Mayor, tras el recurso presentado por UPN. El tripartito conformado por Geroa Bai, Bildu e Izquierda Ezkerra pretendía que fueran un total de 31 los puestos de la administración municipal en los que el conocimiento de euskera sea preceptivo.

El grupo municipal de UPN de Zizur Mayor considera que “el aumento que pretendía el tripartito era desproporcionado, discriminatorio, no se adaptaba a la normativa vigente ni a la realidad sociolingüística de la localidad”. “Ampliar hasta 18 plazas más nos parecía excesivo”, han agregado.

La plantilla orgánica de Zizur Mayor contaba hasta ahora con trece plazas de puestos de trabajo en las que era preceptivo el conocimiento del euskera. Estas plazas se aprobaron durante la legislatura de gobierno de UPN, con base en una ordenanza municipal que regula el uso y fomento del euskera en la localidad. Esta ordenanza, en su artículo 17 establece que «en la plantilla orgánica del ayuntamiento se determinarán aquellos puestos de trabajo que, por su mayor relación con el público o por su posición interna en relación a series de procedimientos administrativos normalizados, precisen el conocimiento del euskera del personal municipal que los ocupen«.

Asimismo, en el Anexo I de esta ordenanza se determina que «figurarán un estudio de los ámbitos municipales en los que exista mayor relación oral y escrita con la ciudadanía, los procedimientos administrativos más usuales, la definición de los grados de dominio de los puestos de trabajo incluidos en los ámbitos o procedimientos citados, un estudio de los circuitos bilingües que garanticen la atención en euskera a la ciudadanía y el establecimiento de un plan de actuación en el que se fijen los medios y recursos para poder acceder al grado de dominio designado«.

El TAN acredita en su resolución el incumplimiento de la ordenanza municipal del euskera al no contar con un estudio con el contenido exigido ni un plan de actuación.

En su resolución, destaca que “la exigencia del vascuence como preceptivo para su acceso en los cuatro puestos de Trabajador Social es desproporcionada respecto a la frecuencia de las relaciones que se entablan con los vascohablantes del municipio”. Lo mismo establece para los puestos de oficial del Servicio Social de Base, técnico de Administración Pública y Oficial Administrativo de Recursos Humanos, considerando “discriminatoria la exigencia cuando se imponga para cubrir plazas que no estén directamente vinculadas a la utilización por los administrados del vascuence”.

UPN de Zizur Mayor considera que “ha quedado demostrado que no está justificado que sean necesarias tantas plazas en las que se exija el euskera en un municipio de la zona mixta con un 17 por ciento de población que manifiesta utilizar este idioma según las encuestas realizadas”.

Asimismo, critican que “el técnico de euskera realizara un informe que no firmó y que el propio tribunal señala que no especifica los ámbitos municipales en los que exista mayor relación oral y escrita con la ciudadanía, ni los procedimientos administrativos más usuales, ni la definición de los grados de dominio de los puestos de trabajo incluidos”.