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Salvador pide «claridad, seguridad jurídica y consenso» en la regulación de las entidades de crédito

(AGENCIAS/13.9.2012) UPN ha pedido este jueves en el Congreso, en el debate del Real Decreto Ley 24/2012 que regula la reestructuración y resolución de entidades de crédito, «claridad, seguridad jurídica y consenso amplio en la nueva regulación sobre este sector».

El diputado de UPN, Carlos Salvador, ha recordado la necesidad de que la nueva regulación «debe servir para favorecer la seguridad jurídica y para reforzar la confianza que necesita este sector para volver a cumplir su función con normalidad», según ha informado UPN en un comunicado.

Salvador, que ha admitido la condicionalidad de esta norma sobre la base de «los compromisos de España con el Programa de asistencia europeo, y con el cumplimiento del Memorando de Entendimiento que nos obliga a crear un marco jurídico sobre esta materia», ha manifestado su apoyo a los objetivos del RDL 24/2012 que pretende «prevenir nuevas crisis bancarias, proteger los depósitos, recoger el principio de asunción del riesgo por los accionistas y minimizar, en cada caso, la utilización de los recursos de los contribuyentes».

No obstante, ha añadido que dicha norma debería ser completada con una nueva y adecuada regulación dirigida a «garantizar el retorno de los compromisos públicos unidos a los procesos de reestructuración y otra para regular la responsabilidad de los gestores de entidades de créditos».

También ha insistido en la importancia del sector al que se dirige la norma al reconocer que «el sistema financiero, es el corazón del sistema económico» recomendando así al ministro de Economía y Competitividad, Luis De Guindos, a que siga «buscando la complicidad del principal partido de la oposición».

Salvador ha terminado su intervención matizando los cuatro temas que, a su juicio, la norma debiera corregir: «La regulación del banco malo, la limitación de voz de las entidades afectadas por estos procedimientos, el régimen de recursos contenido en los artículos 69 y 72 y la regulación de los denominados ‘instrumentos híbridos de capital y deuda subordinada».

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