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Discurso íntegro de María Caballero durante la tramitación de la LORAFNA en el Senado

Señorías, hoy llega al Senado la reforma de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, más conocida y mejor llamada por los navarros “Amejoramiento del Fuero”.
Reforma impulsada por el Gobierno de Navarra con un motivo principal: ampliar el plazo de la nueva legislatura a cuatro años en caso de disolución anticipada del Parlamento de Navarra por parte del Presidente del Gobierno de Navarra o de fracaso del proceso de investidura, lo que no es sino la plasmación de la normalidad de un régimen de Gobierno parlamentario tal y como tienen ya reconocido otras Comunidades Autónomas.

Y al hilo de este  planteamiento inicial, se añadieron otras cuestiones complementarias para adaptar el  texto vigente a la nueva realidad jurídico-política existente tras casi 28 años de vigencia.
Cuestiones no simplemente de forma, sino en algunos casos de verdadera enjundia, como son la introducción de la figura de los Decretos-Leyes o la nueva regulación de la actuación exterior de la Comunidad Foral y sus relaciones con la Unión Europea.

Esta reforma ha sido tramitada con absoluto  respeto al procedimiento pactado y establecido en la Constitución y en el propio Amejoramiento.

Ha requerido:

Primero, de una fase de negociación y acuerdo previo de los representantes de los gobiernos de España y de Navarra.

después, la aprobación  del Parlamento de Navarra (con el apoyo de más del 75% de la cámara).

Y ahora, la  aprobación por  las Cortes Generales del modo  que establece el Reglamento de ambas Cámaras, en el Congreso, como proyecto de ley orgánica por el procedimiento de lectura única, “sin que se admitiese la presentación de enmiendas” y en el Senado únicamente se hubieran podido presentar propuestas de veto.

Ciertamente es un procedimiento singular que ha de respetar la naturaleza paccionada del Amejoramiento (y del Régimen Foral navarro), que señala la imposibilidad de modificación unilateral del mismo, como ocurriría en el hipotético caso de que fuera posible enmendar el texto en una o ambas Cámaras, introduciendo modificaciones no pactadas por las partes negociadoras y que, a su vez ha de salvaguardar, y salvaguarda, la soberanía de ambas Cámaras al ser libres de aprobar o no, la propuesta de reforma resultante de la negociación entra ambos ejecutivos.

Pero señorías, mas allá de su contenido y del procedimiento de su aprobación tengo que decir con satisfacción, y si me lo permiten, con solemnidad, que hoy es un día grande para Navarra y, también, por qué no decirlo, para el conjunto de España  porque se da continuidad histórica, en pleno siglo XXI, a un marco de relación, anclado en tiempos históricos, basado en el pacto y en la lealtad institucional entre Navarra y el conjunto de España, que ha pervivido a lo largo de los distintos regímenes políticos y de los distintos avatares, posibilitando el desarrollo de lo que hoy es nuestra Comunidad Foral y la solidaridad con el conjunto de España. Puedo por tanto afirmar, frente a quienes lo tachan de antigualla, que el amejoramiento es un elemento de modernidad democrática y constituye un elemento útil para la articulación de las relaciones entre Navarra y el conjunto de España y para la ordenación institucional de nuestra Comunidad.

Señorías, hay quienes han tachado esta reforma de escasa en lo competencial y pueden tener razón pero ese no era el objetivo. Navarra se encuentra cómoda con su nivel de autogobierno y, en ningún caso quiere plantearse su futuro como una reivindicación permanente y sin límite de mayores competencias.  Naturalmente que queda camino por andar y que cabe un mayor nivel competencial, incluso sin ser  necesaria una reforma del Amejoramiento, que posibilita un techo competencial equiparable al de cualquier otra CCAA.

Por eso, a quienes hablan de que esta reforma se queda corta en lo competencial yo les emplazo a que mas allá de discursos vacíos o brindis al sol, digan qué competencias faltan y cuales de ellas no se pueden asumir porque el amejoramiento no lo permite. Porque la asunción de nuevas competencias no sólo  depende de que lo posibilite o no el Amejoramiento sino de que se alcance el Acuerdo correspondiente con la administración del estado, y un buen ejemplo de ello es la recuperación por Navarra de las competencias de tráfico que no se materializa sencillamente, porque los sucesivos Gobiernos de España, del PP y del PSOE no quieren.

En cualquier caso, la actuación de la Comunidad Foral en este tema se ha basado en dos principios básicos,  el de la lealtad constitucional en la reclamación y el ejercicio de las competencias, y el de no renuncia a aquéllas de las que todavía no dispone, teniendo siempre en cuenta que para Unión del Pueblo Navarro la finalidad de la asunción de las mismas no es el acaparamiento de poder, sino el poder dar un mejor servicio a los ciudadanos navarros.

Quiero, también hacer una aclaración para quienes permanentemente, y sin duda porque no creen en Navarra como Comunidad diferenciada, hablan de déficit democrático en la reforma del amejoramiento al no necesitar ser sancionado por referendum. En primer lugar, no debe confundirse el Amejoramiento con un estatuto de autonomía más. El régimen foral es singular siendo tres de sus peculiaridades su origen, su articulación en el Estado de las Autonomías, y su proceso de aprobación y reforma.

Mediante el Amejoramiento del Fuero, la Comunidad Foral de Navarra ni nace jurídica y políticamente, ni accede a la autonomía, como ocurre con las CCAA de régimen común con sus respectivos estatutos de autonomía. Por el contrario, Navarra ya gozaba de autonomía antes de la Constitución de 1978, disponiendo de un régimen foral propio y diferenciado y que era respetado por el Estado, y lo que se hizo a través del Amejoramiento fue precisamente como su propio nombre indica, reintegrar y mejorar el Régimen Foral del que ya disponía Navarra y adecuarlo al marco Constitucional.

En definitiva ni se trataba de constituir una Comunidad nueva ni de dotarla de autonomía.

Y seamos claros, no puede existir ningún tipo de déficit democrático cuando el marco  normativo de Navarra, su realidad institucional es ratificado elección tras elección por la gran mayoría del pueblo de Navarra otorgando su apoyo y confianza  a los partidos que creemos en la Constitución y en el Amejoramiento frente a quienes sencillamente quieren hacer desaparecer a Navarra como Comunidad diferenciada integrándola en otra realidad política utilizando para ello el permanente cuestionamiento de nuestra normativa básica constituida por el Amejoramiento del Fuero.

Termino señorías, como ya he señalado hoy es un día importante para Navarra y para los navarros, un día en el que nuestro régimen foral sale afianzado y fortalecido porque a través de este nuevo pacto entre Navarra y el Estado, el conjunto de España reconoce no sólo la singularidad de nuestra Comunidad y su peculiar configuración jurídica dentro de nuestro entramado constitucional; sino que además pone de manifiesto que el Amejoramiento es un instrumento útil, adecuado, y no sólo de presente, sino de largo futuro, para ordenar la convivencia y funcionamiento institucional en nuestra tierra.

Muchas Gracias.

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