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Currículo (nacionalista) vasco (I)

Carlos Salvador Armendáriz, Diputado de UPN por Navarra

Ya entonces llamaba la atención la traslación a dicho texto de la paranoia nacionalista en todos sus apartados. De entre las 432 páginas de que consta este borrador de currículo se había hecho desaparecer totalmente del texto el término «Euskadi» siendo sustituido por el de «Euskal Herria» (palabra que figura en el texto en ¡140 ocasiones!).

A mí desde luego me pareció relevante (muy relevante) el cambio y así se lo hice ver al Gobierno de Zapatero, al que le solicité una toma de postura, siquiera una opinión jurídica y una valoración política «preventiva» sobre el mismo.

La respuesta se hizo esperar, pero al fin llegó. A los efectos oportunos, me contestaron, que como el documento no era un texto legal y por tanto no estaba aún vigente, la Alta Inspección de Educación nada tenía que decir al respecto. Y asimismo, me decían, que cuando se materializase en un texto legal, pues, que ya veríamos.

El 13 de noviembre de 2007 se publica en el Boletín Oficial del País Vasco el «Decreto 175/2007, de 16 de octubre, por el que se establece el currículo de la educación Básica y se implanta en la comunidad Autónoma del País Vasco», que es una fiel copia (cortar-pegar) del documento base sobre el que ya habíamos preguntado, y alertado.

Inmediatamente, una vez conocida la publicación del Decreto, el día 21 de noviembre de 2007 reproduje la batería de preguntas que sobre el texto «borrador» había formulado meses atrás, con la intención de saber entonces si el gobierno veía legal el contenido del currículo, y si consideraba oportuno o no llamar la atención al Gobierno Vasco sobre el mismo. En definitiva, si iba a hacer algo.

Pasó el tiempo y el gobierno no contestaba. En enero las Cortes se disolvieron, las preguntas caducaron y nos quedamos como estábamos.

Una vez iniciada la legislatura, volvimos sobre el tema, y el día 23 de abril de 2008 presentamos nuevas preguntas para conocer qué gestiones había hecho el gobierno sobre el particular: si había elaborado algún informe jurídico sobre la legalidad del contenido; si había realizado algún tipo de requerimiento al Gobierno Vasco a través de la Alta Inspección de Educación; si pensaba recurrir el contenido del currículo en alguno de sus contenidos, etc. A fecha de hoy seguimos sin respuesta.

Desde la publicación del Decreto supimos que un grupo de padres de alumnos vascos había presentado un recurso por no compartir el modelo de inmersión lingüística, e igualmente que el Gobierno de Navarra formularía otro recurso fundado –imagino- en una clara extralimitación de competencias por parte del Gobierno Vasco y otras muchas razones que en su día conoceremos.

Más recientemente, sobre este mismo asunto, conocimos que el Parlamento de Navarra, el día 29 de febrero de 2008, debatió y aprobó una Moción, a propuesta del PSN (¡!),  en la que se pedía al Gobierno Vasco, básicamente, que nos dejaran en paz como paso previo para conseguir unas buenas relaciones de vecindad como todos deseamos.

Hace unos días el periodista vasco Iñaki Gabilondo animaba a los nuevos Ministros y Ministras a que acabaran el recreo de este largo agosto en el que se estaba convirtiendo el cómodo aterrizaje en sus nuevas responsabilidades.

Al objeto de ayudar a la Ministra de Educación a ponerse las pilas, como recomienda Gabilondo, nos pareció oportuno y clarificador presentar con fecha 21 de mayo una Proposición No de Ley en la que pedimos que el Pleno del Congreso de los Diputados ratificase la Moción del Parlamento Foral citada, exigiendo así al Gobierno de la Nación a mantener un mayor compromiso jurídico y político con la defensa de Navarra.

El día ¡10 de junio! recibimos la respuesta oficial a nuestras muchas preguntas sobre el currículo vasco. ¡O sorpresa! En ella se dice que el gobierno Z, en enero de 2008,  habría requerido al gobierno de Ibarretxe, entre otras cosas,  a que eliminara las referencias a Euskal Herria del decreto. Igualmente la contestación informa de que el gobierno vasco respondió por dos veces al citado requerimiento. Y finalmente, se dice que en caso de que las dos administraciones no alcancen un acuerdo, el gobierno Z en tiempo y forma (es decir antes del día 17 de junio) recurrirá el Decreto. (¿)

Esta aquí los hechos, próximamente las motivaciones.

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