Se concederán dos tipos de cuantía de ayudas, una de 1.800 – anuales, a razón de 150 – al mes, cuando la suma de la parte general de las bases imponibles del IRPF de todos los componentes de la unidad familiar sea inferior a 26.000 -, y otra de 1.200 – anuales, es decir, 100 – al mes, cuando la suma de la parte general de las bases imponibles del IRPF de todos los componentes de la unidad familiar sea igual o superior a 26.000 – e inferior a 40.000 -.
Podrán beneficiarse de estas ayudas las madres que durante 2006 hubiesen realizado un actividad laboral por cuenta propia o ajena, que en este pasado año tuviesen a su cargo hijas o hijos menores de tres años, y siempre que la renta de la unidad familiar esté dentro de los límites establecidos.